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#1 |
Marciano
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Muy Importante (renta 2007)
Hoy he recibido este mail de un amigo.
> > Hola > > > > Han puesto una nueva casilla para los que tenemos hipoteca antes del > > 2006. Ademas de las casillas 780-781 se debe rellenar la 737. > > > > Si la haceis con el Padre tened cuidado por que en deducciones por > > vivienda habitual NO avisa de esa nueva deduccion. > > Y para mas recochineo, si la rellenas con el certificado digital, a > > Atraves de internet, te rellena la 780-781 y no la 737. > > > > En resumen, 450 euros que no deduce, si no lo sabes. > > > > Avisaos estais. Lo he comprobado y es cierto. Parece ser que el año pasado se redujo del 20 al 15% la deduccion por vivienda habitual, y para compensar a los que tienen el piso desde antes del 2006 hay que utilizar la casilla 737. Menos mal que aun no habia confirmado el borrador, por que la mia no lo tenia incluido. Un saludo y espero que os sirva de ayuda. |
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#2 |
Marciano
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Gracias!
Estos de hacienda siempre barriendo para casa, son unos hijos de la chingada!!!!!!!! Estare atento... |
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#3 |
Marciano
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Pues muchas gracias. A mi me ha llegado el borrador ya. Nunca aciertan y me sale siempre mas favorable hacerla yo mismo con el PADRE. Un saludo.
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#4 |
Marciano
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Yo estoy mirando mi borrador y si me viene rellenada la casilla 737, de todas formas no si si hubiera podido reclamar algo, ya que confirme el borrador en abril y ya me han echo la devolución.
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#5 |
Marciano
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Yo solo se que este año me salen 500 euros menos a devolver que el año pasado. No se si será por los crios que ya se van haciendo mayores (3-5) o que cojones, pero teniendo en cuenta los 400 euros (que luego dijeron que serían 200) de regalo del Zapatero me sale la cosa mu jodía.
Del cabreo que pillé hoy llevé el borrador a un compañero del curro que tiene una asesoria y que domina estos temas para ver si mejora un poco el tema. Le echaré un vistazo a la casilla de marras... Saludos. |
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#6 |
Marciano
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Yo acabo de recibir el borrador y tras ver este hilo, me pregunto: ¿como puedo saber si han tenido en cuenta esta circunstancia en mi caso?
Yo estoy en este caso, que tengo hipoteca de antes del 2006 y en mi declaración, entre otras, vienen rellenas estas casillas: Code:
Importe de deducción por adquisición de la vivienda habitual, parte estatal . . . . . . . . . . . . . . . .......................................... 780 <X cantidad> Importe de la deducción por adquisición de la vivienda habitual, parte autonómica . . . . . .................................... 781 <X cantidad> Cuota resultante de la autoliquidación [(732)-(733)-(734)-(735)-(736)-(737)-(738)-(739)] ................................. 741: <X cantidad> De todas formas, como me sale a devolver, estoy por darle y ya está, pero si por hacerla yo mismo me van a endiñar 450 pepinos más, pues a muerte!!! ![]() Otra cosa: es la primera vez que me mandan el borrador de forma conjunta, es decir, el de la parienta y el mío. ¿Esto es aconsejable? Creo haber escuchado por ahí que una vez que haces la declaración de forma conjunta, ya siempre la tienes que hacer así. ¿Es esto cierto? Editado por fjmoral en 08-may-2008 a las 22:34. |
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#7 | |
Marciano
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Quote:
Prueba con el programa padre, la verdad es que es muy sencillo, ya que si tienes el borrador, te puedes bajar los datos necesarios y se ponen en su lugar ellos solitos. |
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#8 | |
Marciano
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Quote:
![]() ![]() ![]() Y eso como se hace??? Estaría genial!! Es que llevo un ratillo con el programa padre este y es que no me entero. Y eso que parece simple el programa, pero manda webs... Edito: Ya!!! yo tan listo me he bajado e instalado un programa de rentenciones y no el de la renta. Por eso no me salía ná!! Ahora importando los datos y haciendo la declaración con el programa padre, me salen 100 euros más a mi favor!! Espero que lo haya hecho bien (método utilizado: siguiente, siguiente, siguiente....) ___________________________________ EDITO DE NUEVO!! A través de la web, he verificado que EFECTIVAMENTE no hay ninguna cantidad en la casilla 737. Alguien sabe que hay que poner en estos apartados??? Code:
Cantidades satisfechas en el ejercicio, dentro de los 2 años siguientes a la fecha en que tuvo lugar la adquisición. Cantidades satisfechas en el ejercicio, después de los 2 años siguientes a la fecha en que tuvo lugar la adquisición. Editado por fjmoral en 09-may-2008 a las 00:36. |
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#9 |
VmWareando ESX 3.5
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Jopelines, no se como lo haceis pero a mí siempre me ha salido a pagar una pasta gansa, leches
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#10 |
Marciano
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Hombre despues de esto y que en el borrador que tan amablemente me a enviado nuestra amiguita Hacienda (me sale a mi favor con 0'70€.... sin comentarios!) creo que la haré solo por ver que bien trabajan
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