grandpecher | |
Jugón
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| buenas... la opción de proporcionar tokens a los clientes para jugar a las máquinas y quitarles el monedero de euros es una práctica que se suele ver en EEUU, por aquí no lo vi nunca y supongo que no está permitido.
Consultando el texto de la Ley del Juego de Galicia:
Lei 14/1985 Reguladora de los juegos y apuestas en Galicia: Artículo 6 - Requiere autorización administrativa la organización, práctica y desarrollo de los siguientes juegos: [...] c) las máquinas de juego puramente recreativas, recreativas con premio y de azar [...]
volveríamos a lo mismo: entiendo que con monedero o sin él, una máquina de juego puramente recreativa (nuestro caso, funcione con tokens, monedas o lo que sea) tiene que tener una autorización administrativa, para poder explotarla hay que estar registrado como empresa operadora (en tu pub te las pondría una empresa operadora o te darías tú de alta como operadora y como pub).
Vamos, que en una inspección simplemente verían "máquinas de juego puramente recreativas", te pedirían la autorización, en la cual dichas máquinas estarían clasificadas como "Tipo A", y máquinas de ese tipo sólo puede haber una por local. Convencer al inspector de turno de que por no tener monedero en euros ya no son de tipo A no creo que resultase.
Además y aunque ahora mismo no encontré nada hablando del tema, creo que en algún sitio se habla del precio por partida, a lo mejor es en la normativa sobre homologación de este tipo de máquinas (al menos en las "Tipo A Especial" es así), y tiene que ser un precio en euros, no vale decir "1 token".
Si el pinball pasase a ser un deporte federado, las máquinas pasarían a ser deportivas y podrías poner en un local las que te viniese en gana.
Saludos.
releyendo el post anterior hablabas de regalar las partidas a los clientes por realizar consumiciones, y que el local donde están instaladas regale partidas en las máquinas recreativas a los clientes está expresamente prohibido. |